October 29, 2013

Que a nadie le sea negada la facultad de seguir libremente la religión que ha escogido para su espíritu

«Yo, Constantino Augusto, y yo también, Licinio Augusto, reunidos felizmente en Milán para tratar de todos los problemas que afectan a la seguridad y al bienestar público, hemos creído nuestro deber tratar, junto con los restantes asuntos que veíamos merecían nuestra primera atención, el respeto de la divinidad, a fin de conceder tanto a los cristianos como a todos los demás la facultad de seguir libremente la religión que cada cual quiera, de tal modo que toda clase de divinidad que habite la morada celeste nos sea propicia a nosotros y a todos los que están bajo nuestra autoridad. Así pues, hemos tomado esta saludable y rectísima determinación de que a nadie le sea negada la facultad de seguir libremente la religión que ha escogido para su espíritu, sea la cristiana o cualquier otra que crea más conveniente, a fin de que la suprema divinidad, a cuya religión rendimos este libre homenaje, nos preste su acostumbrado favor y benevolencia» (Edicto de Milán, 313 d. C.).

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